jueves, 16 de julio de 2009

CORRESPONSALES NO BANCARIOS

Los llamados Corresponsales No Bancarios (CNB) pueden ser los establecimientos de
comercio, las droguerías, las oficinas de correo, etc., que están en todos los municipios
de Colombia y pueden prestar –previo permiso- los servicios bancarios.
A través de los Corresponsales podrán prestar los siguientes servicios: recaudo y
transferencia de fondos; envío o recepción de giros en moneda colombiana; depósitos y
retiros de cuentas corrientes, cuentas de ahorro, depósitos a término; transferencias de fondos.
También los clientes podrán consultar saldos, solicitar extractos, hacer desembolsos y
pagos en efectivo por concepto de operaciones activas de crédito.

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